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Asistencia Sanitaria y Gestión Integral de Accidentes de Tráfico

Coordinamos todo tu proceso asistencial y médico tras un accidente de tráfico, sin desembolso inicial y con la máxima cobertura.

Te garantizamos atención hospitalaria urgente, tratamiento de rehabilitación continuado y seguimiento pericial sin que tengas que preocuparte por las gestiones con la aseguradora. Nos encargamos de todo el expediente de principio a fin.

¿Has sufrido un accidente? Te atendemos 24/7

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¿Necesitas asistencia tras un accidente de tráfico?

Llámanos sin compromiso al 900 877 808 o al 914 059 606. Nuestro equipo médico y legal está disponible 24/7 para ayudarte de inmediato.

  • Independencia asistencial: Actuamos con total independencia garantizando una atención médico-quirúrgica y rehabilitadora privada con cargo al seguro obligatorio del vehículo.

  • Defensa integral de la víctima: Velamos por la protección de tus derechos legales y tu plena recuperación médica y personal tras el accidente.

  • Cuadro médico y hospitalario de prestigio: Contamos con una red nacional de clínicas, especialistas traumatológicos y centros hospitalarios concertados.

  • Movilidad y transporte sanitario: Gestionamos el traslado en ambulancia o transporte adaptado para tus desplazamientos a revisiones y rehabilitación.

  • Atención continua a coste cero: Coordinamos el ciclo completo de asistencia y reclamación sin ningún tipo de desembolso inicial para la víctima.

  • Máxima solidez en la prueba pericial: Elaboramos informes médico-periciales rigurosos para garantizar el cálculo justo de la indemnización según el Baremo de Tráfico.

  • Experiencia y reconocimiento: Contamos con más de 15 años de trayectoria en el sector del daño corporal y el reconocimiento de organismos institucionales y la DGT.

El problema de la desinformación: Ante un Accidente de Tráfico

Preguntas Frecuentes sobre Asistencia e Indemnización por Accidentes de Tráfico

01.¿Tengo que pagar algo por la asistencia médica o la rehabilitación?

No, la asistencia es a coste cero para la víctima. Por ley y mediante los convenios del sector asegurador (DGT/UNESPA), todos los gastos médicos, pruebas diagnósticas, intervenciones y sesiones de rehabilitación son asumidos íntegramente por la compañía aseguradora del vehículo responsable. En AELD nos encargamos de tramitar el expediente sin que tengas que realizar ningún adelanto económico.

02. ¿Puedo acudir a mi propio médico u hospital aunque la aseguradora me pida ir al suyo?

Sí. Tienes reconocido por ley el derecho a la libre elección de centro sanitario, perito médico y despacho de abogados. No estás obligado a acudir a las clínicas asignadas por la compañía de seguros. Puedes elegir recibir tu tratamiento en nuestra red de hospitales y centros especializados con total independencia.

03. ¿De qué plazo dispongo para comunicar el accidente y empezar el tratamiento?

El plazo legal para dar parte del accidente a la aseguradora es de 7 días. Sin embargo, es fundamental recibir la primera atención médica en las primeras 72 horas posteriores al siniestro para que las lesiones queden correctamente vinculadas al accidente y no haya problemas con la cobertura.

04. ¿Cómo se calcula la indemnización por las lesiones sufridas?

La indemnización se calcula aplicando el Baremo de Tráfico vigente. Se tienen en cuenta los días de baja o curación (perjuicio personal básico o particular), las secuelas físicas o psicológicas resultantes, la pérdida de calidad de vida y los gastos derivados (daño emergente y lucro cesante).

05. ¿Qué ocurre si el accidente ocurrió de camino al trabajo (accidente in itinere)?

Si el accidente ocurre durante el desplazamiento de ida o vuelta al trabajo, se considera un accidente de tráfico laboral (in itinere). Tienes derecho a la asistencia médica por tráfico y a reclamar la indemnización correspondiente por responsabilidad civil de la misma forma, independientemente de la tramitación paralela con la mutua laboral.

06. ¿Qué función cumple el informe médico-pericial en mi reclamación?

El informe médico-pericial es el documento oficial elaborado por un médico especialista en valoración del daño corporal. Determina objetivamente la relación causa-efecto entre el accidente y tus lesiones, avalando el número exacto de días de curación y los puntos de secuela para fundamentar la reclamación de la indemnización justa.

07. ¿Qué cubre el servicio de movilidad y transporte adaptado?

Si tus lesiones o estado de salud te impiden desplazarte por tus propios medios a las sesiones de rehabilitación, revisiones médicas o pruebas diagnósticas, coordinamos el traslado en ambulancia o transporte sanitario adaptado para garantizar tu asistencia sin esfuerzo.

08. ¿Qué pasa si la aseguradora me hace una oferta de indemnización demasiado baja?

No debes aceptar ni firmar ningún finiquito si no estás de acuerdo con la cuantía ofertada. Con nuestro soporte médico-pericial e independientemente del canal legal, respaldamos la prueba médica objetiva para rechazar ofertas prematuras e iniciar la reclamación motivada o la vía judicial exigiendo el importe real que te corresponde.
112
Asistente de accidentes Orientación inicial inmediata

Orientación inicial, no sustituye una valoración médica o jurídica. No introduzcas DNI, datos bancarios ni documentación médica completa. En una emergencia llama al 112.